Principios informadores del derecho penal

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Los principios informadores del derecho penal son aquellos derechos que se extraen de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la Constitución, de la Declaración de Derechos y Deberes del hombre y del ciudadano de 1975, así como de otros documentos de gran relevancia.

Ya sea porque vas a iniciar cualquier proceso legal, o simplemente por curiosidad, es importante conocerlos:

¿Cuáles son los principios informadores del derecho penal?

1.     Principio de irretroactividad

El principio de irretroactividad nos habla de que la ley no podrá imponer una determinada sanción ante un delito, hasta que este sea considerado como tal.  Viene estipulada en el artículo 9.3 del código Penal.

Sin embargo, hay excepciones recogidas en el artículo 2.2 del código penal y están relacionadas con aquellas leyes que favorecen al reo.

2.     Principio de legalidad

El principio de legalidad es uno de los más importantes. Remite a que no se podrá castigar a nadie por aquellos hechos que no se puedan considerar un delito.

Este mismo principio también determina que no es posible castigar con penas que sean contrarias a la ley.

Para saber más sobre este principio, recomendamos leer el código 1 del Código Penal.

3.     Principio de Culpabilidad

El Principio de Culpabilidad establece que no hay pena sin dolo o imprudencia.

Esto nos viene a decir que tan solo podríamos hablar de un delito cuando las acciones que han llevado al mismo se han producido de manera voluntaria, consciente, y siempre y cuando el autor actúe con malicia (esto implica que debe existir dolo) o, como mínimo, que sean imprudentes.

4.     Principio de NON BIS IN IDEM

Es otro de los más importantes principios informadores del derecho legal. Nos habla de que un mismo sujeto no puede ser castigado más de una vez por la misma infracción.

También apunta a que la misma circunstancia no se puede considerar en más de una ocasión para especificar la naturaleza de un acudido.

5.     Principio de Intervención mínima

Este principio nos habla de que el Derecho Penal no debe usarse para regular cualquier asunto del hombre, sino para aquellos sucesos más graves que no se hayan podido solicitar de otra forma.

6.     Principio de proporcionalidad

El principio de proporcionalidad también es indispensable. Se basa en limitar la sanción en relación con el mal que se haya podido causar. Así pues, la sanción que se aplica debe ser proporcionar al daño que se ha causado.

7.     Principio de igualdad

Se regula en el artículo 14 de la Constitución Española y establece que todos los españoles somos iguales ante la ley, sin que se pueda discriminar a nadie por raza, sexo, nacimiento, religión o cualquier otra condición.

8.     Presunción de inocencia

Se refiere a que toda persona es inocente, y debe tratarse de esta forma hasta que en un juicio se haya declarado como culpable.

A la hora de iniciar cualquier proceso penal, siempre se deben tener presentes los principios informadores del Derecho Penal, ya que podrían cambiar el devenir de cualquier caso.

Insuficiencia de condiciones psicofísicas

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¿Está buscando a un abogado que se especializa en expedientes de insuficiencia de condiciones psicofísicas? Nosotros podemos ayudarle.

Un procedimiento de insuficiencia de condiciones psicofísica tiene como propósito determinar si un funcionario, como un guardia civil, cumple con unas condiciones físicas o mentales para cumplir con su cometido. El resultado de dicho procedimiento será no apto (coeficiente 5), apto (coeficiente 3)o apto con limitaciones (coeficiente 4).

Este recurso se ejecuta cuando un funcionario está de baja por una enfermedad, ya que esta le impide realizar su trabajo de manera parcial o total. También podríamos estar hablando de una situación irreversible, o que está asociada a una cierta irreversibilidad.

El funcionario que se encuentra en esta situación no sabe hasta qué punto puede llegar a afectar a su carrera profesional.

Este expediente es un procedo habitual y se regula en el Real Decreto 944/2011 del 3 de agosto.

·Si el Guardia Civil fuese declarado cono “no apto” de manera permanente, sería forzosamente retirado por no cumplir con las condiciones psicofísicas requeridas para el puesto.

·Si el Guardia Civil es declarado como “Apto con limitaciones” podrá hacer un cambio de especialidad, no llevar a cabo el trabajo que venía haciendo hasta entonces, con las oportunas adaptaciones.

¿Pero y qué ocurre si no está de acuerdo con el resultado del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas? ¿No es posible reclamar? Necesitará de un abogado con experiencia que pueda ocuparse de su caso, dándole el asesoramiento y los recursos necesarios para saber que es lo que puede hacer.

¿Cómo defender sus intereses en un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas?

Por desgracia, este es un caso muy habitual en las Fuerzas Armadas Profesionales y en la Guardia Civil. Estas situaciones no solo están relacionadas con el ámbito jurídico, sino que también deben ser estudiadas a nivel médico.

El expediente habrá sido iniciado por el Servicio de Recursos Humanos y concluirá con lo que se conoce como un acta de la junta médica pericial. El funcionario podrá manifestar que está conforme o disconforme con dicha acta.

Para ello, tendrá que presentar las alegaciones pertinentes junto con un informé médico en el que se detalle los motivos por los que no está de acuerdo. En el mismo documento se solicitará una revisión por parte de la junta médica pericial superior.

Aun así, si se recibiese un resultado que no sea el esperado, es posible presentar un nuevo recurso y una solicitud de nueva revisión.

Las implicaciones que pueden tener todos estos procesos para la vida personal y profesional de estos funcionarios son muy importantes. De aquí que sea imperativo contar con el asesoramiento de expertos en expedientes de insuficiencia de condiciones físicas.

Nos encargamos de estudiar su caso, para determinar el alcance y las consecuencias que tenga su situación media. Estudiaremos como afecta a su actividad y como preparar el caso para que pueda recurrir a través de la vía administrativa.

Contamos con muchos casos de éxito a nuestras espaldas que nos avalan.

incompatibilidades guardia civil

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Para convertirse en Guardia Civil, policía o militar, hay que cumplir unas estrictas normas.

 En caso de no seguir con este régimen disciplinario, se podrían aplicar infracciones, como la apertura de un expediente disciplinario por vulneración del régimen de incompatibilidades. Dependiendo de la naturaleza de la acción, se establecen sanciones que pueden llegar a ser muy graves (podrían derivar en una suspensión que sea superior a los 3 meses).

Por ejemplo, según establece el apartado 18, del artículo 7 de la Ley Orgánica 12/2007 del 22 de octubre, perteneciente al Régimen Disciplinario de la Guardia Civil y el artículo 1.3 de la Ley 53/1984 del 26 de diciembre, estos funcionarios no podrían trabajar en un negocio familiar. El desarrollo de sus funciones no será compatible con cualquier profesión, cargo o actividad privada o pública, que pudiera afectar al cumplimiento de sus deberes y responsabilidades.

Existen algunas excepciones a las incompatibilidades de Guardia Civil que vienen estipuladas en el artículo 19 de la Ley 53/1984 del 26 de diciembre.

Por ejemplo, el personal docente sí que podría participar en exámenes o evaluaciones diferentes a las que lleva a cabo de forma habitual, dirigir seminarios en los Centros oficiales dedicados a formación, ser elegido como presidente, vocal o miembro de juntas rectoras de Patronatos de Funcionarios o Mutualidades (si no se recibe remuneración). También podrían dedicarse a actividades de producción y creación literaria, etc.

¿Cómo reclamar incompatibilidades con la Guardia Civil?

El hecho de no cumplir con el régimen de incompatibilidades puede derivar en importantes sanciones para el policía, Guardia Civil o Militar. Si ha recibido alguna sanción o expediente, entonces le hará falta una defensa especializada sobre este tema. Desde nuestro bufete de abogados le ofrecemos el mejor asesoramiento en su caso. Póngalo en nuestro conocimiento y nos encargaremos de darle toda la información que necesita para empezar con la reclamación.

No apto en el reconocimiento CNP

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El pasado noviembre de 2020 conocimos una sentencia un opositor daltónico fue readmitido en las oposiciones a la Policía Nacional después de que pudiera probarse que su condición no afectaría a su trabajo como agente.

El daltonismo, también conocido como Discromatopsia es el nombre de una discapacidad que afecta al organismo impidiendo que este sea capaz de distinguir entre ciertos colores.

La persona demandante se presentaría a las pruebas de oposición a la Policía Nacional en el año 2008. Después de haberse sometido al reconocimiento médico pertinente, se le practicaría un aprueba de visión cromática y sería declarado no apto en el reconocimiento CNP por discromatopsia.

La base en la que se centró la Policía para declararle No Apto era la prueba médica en cuestión. Pero, además, también se hacían referencia a una sucesión de patologías y disfunciones del ámbito médico. Según la normativa, cualquier individuo que tenga algún grado de discapacidad relacionado con la vista quedarían excluidas del proceso.

El fallo de la Sala ha sido a favor del opositor. El Tribunal Supremo ha estudiado el caso en detalle y ha dictaminado que, debido a que la causa de exclusión versa sobre dicha patología en sus diferente clases y grados de afectación, no es posible eliminar al opositor del proceso. También ha querido remarcar que la prueba que se ha llevado a cabo no especifica como podría afectar este problema de vista al agente de cara a un futuro.

Además, en el informe médico no se observan otros problemas de vista que sí que podrían enturbiar la función del posible policía, como serían discromatopsias o alteraciones cromáticas que afectaría a la visión. Así pues, el afectado tendría una visión de colores que se incluiría dentro de lo normal.

El fallo del TSJM ha sido declarar al opositor como apto, y esto le permite seguir el proceso para terminar convirtiéndose en Policía Nacional. También ha querido recordar que los examinadores tendrán que valorar la entrevista personal y los tests psicotécnicos que se llevaron a cabo. En cuanto a la puntuación de referencia para ingresar en la Escuela Nacional de Policía, debe ser la misma que se exigía en la prueba del 18 de abril de 2018.

Un fallo que abre la puerta a personas con leves alteraciones para diferenciar colores

El fallo del TSJM sienta precedente y cambiará la vida de aquellas personas que quieren aspirar a Policía Local, y que tienen leves alteraciones para diferenciar colores, pero no tienen limitaciones físicas o mentales que les impidiesen ocupar sus tareas como policías.

Si también quiere declamar un caso de no apto en el reconocimiento CNP por discromatopsia, es fundamental que se asesore con un abogado para que pueda saber cómo seguir el proceso e iniciar las reclamaciones pertinentes.

Desde nuestro bufete de abogados nos ponemos a su entera disposición. Le informaremos sobre todo lo relacionado con este fallo, y ayudaremos a preparar su caso para que pueda conseguir una resolución positiva. Póngase en contacto par que estudiemos su caso.

Delito doloso

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Un delito doloso es aquel que se lleva a cabo, siendo conocedores de que no es lícito. Es decir, para que un delito se entienda como tal, el autor de este debe ser consciente de lo que está haciendo.

Viene regulado en el Código Penal, concretamente en el Título I (de la infracción penal), en el Capítulo I (de los delitos), del artículo 10.

El concepto Dolo se puede definir como fraude, engaño, como acción deliberada para llevar a cabo un delito, a sabiendas de que es ilícito. En relación con actos jurídicos, apunta a tener voluntad maliciosa para cometer un engaño o causar algún daño.

Podría darse el caso de que le hayan abierto un expediente por resolución de compromiso doloso, pero no debe pensar que es algo definitivo. En el año 2014 se produjo un cambio en el Régimen disciplinario. Esta modificación remite a que esta resolución podría llegar a sustituirse por otras resoluciones, como una suspensión de empleo y sueldo en un periodo de tiempo que suele ser de 6 meses (una interesante alternativa a perder el empleo para siempre).

Como habrá podido darse cuenta, el hecho de estar esta situación hace que se tenga que enfrentar a una doble sanción tan solo por ser un funcionario. Le podría afectar mucho a nivel profesional.

Podría darse el caso de que se cumplan los requisitos para ordenar la suspensión de la pena (ser delincuente primario y haber recibido una condena inferior a 2 años de prisión). Sin embargo, podría darse el caso de que la pena haya sido suspendida y tenga que sufrir las consecuencias de la resolución con la que se ha procedido.

Antes de este cambio en 2014, cuando se aprobaba la condena no había una forma de revertir situación. Ahora, existe una tabla en donde se especifica cuáles son los delitos que apuntan a una resolución y cuales los otros que apuntan a la suspensión del empleo por un periodo de tiempo.

La gravedad del asunto marca el camino que se va a seguir: si estamos hablando de un caso relacionado con tráfico de drogas, agresión sexual, pederastia o abusos varios tendrán una resolución que no podrá sustituirse por una suspensión de empleo y sueldo.

Enfrentarse a esta situación no es fácil: necesitará de entendidos en el tema, con la experiencia suficiente, que entiendan su caso y sepan como darle la defensa legal correspondiente.

En este apartado no pretendemos atacar la existencia de dichos expedientes, pero si informarle de que puede existir otra vía, una que no arruinaría su carrera laboral.

Si, como resultado de la condena que le han aplicado, se ha iniciado un expediente de resolución, le animamos a solicitar de inmediato asistencia jurídica para que podamos llevar su caso. Tenga en cuenta que los plazos para iniciar cualquier reclamación son bastante cortos, y que uno de los objetivos de esto es ahorrarse seguir por la vía judicial.

Si se deja asesorar con nosotros, tendrá mayores posibilidades de lograr su objetivo.

Tribunal medico guardia civil baja psicologica

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Las bajas médicas de un Guardia Civil, Policía o de un funcionario de Prisiones requieren de una mayor atención. Es muy importante contar con el asesoramiento de un abogado, ya que estará ante una situación vulnerable que podría marcar tu devenir, no solo en el plano laboral, sino en la vida en general.

Hay que tener presente que esta baja podría derivar en lo que se conoce como un expediente de determinación de insuficiencia de condiciones psicofísicas, incluso podrían declararle como “no apto” y esto te impediría poder seguir con tu actividad (o no apto con limitaciones).

De aquí la importancia de hacer un buen seguimiento de la baja, aportando toda la documentación y recibiendo el asesoramiento adecuado en cualquier momento del camino.

El tribunal médico podría determinar si después de la baja te puedes incorporar como hasta la fecha, con limitaciones, o bien directamente dictaminar el retiro, con una pensión extraordinaria que puede ser más o menos alta. En cualquier caso, un mal asesoramiento podría afectar a tu retiro y a las retribuciones que se desprenden del mismo.

Con independencia de cuál sea tu objetivo, es importante contar con un abogado especializado en expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas y pase a retiro. Por ejemplo, si un guardia civil está de baja psicológica, no se puede saber cuál va a ser la decisión del tribunal médico sobre el caso. Será necesario contar con un asesor durante todo el proceso o, por lo menos, cuando concluya el mismo.

¿Qué es el pase a retiro por incapacidad permanente en la Guardia Civil?

El guardia civil podría encontrase con alguna enfermedad psicológica o física que pudiera afectar a sus facultades, y derivar en un pase a retiro.

Este proceso empezaría cuando desde el tribunal médico se comprueba que se trata de un problema irreversible. Se propone el reconocimiento médico no periódico del militar en un hospital militar.

Una vez concluido el reconocimiento médico, se formaliza un acta que será enviada a la Guardia Civil. En ese informe se dictaminará si el agente pudiera seguir en el cuerpo, o bien describir la patología que se padece, así como el porcentaje de discapacidad asociado.

En el caso de que se determinase el pase a retiro, se debería proceder con una liquidación que se fija en base a la pensión que le corresponde. Si hubiese un procedimiento final abierto, o un procedimiento por falta grave o muy grave, el proceso podría llegar a paralizarse.

La cuantía de la pensión que recibiría el guardia civil retirado se debe revisar en los Presupuestos Generales del Estado. Este dato se irá actualizando de forma anual. Una vez que se ha retirado, es posible que trabaje en otro empleo, pero esto implicaría una reducción de un 75% de la pensión en el caso de que haya estado 20 años de servicio. De lo contrario, la reducción será de un 55%.

Para evitar cualquier problema con la baja psicológica, o con la pensión de retiro, desde nuestro bufete le damos el asesoramiento que necesita.

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